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Author

Soraya Rodríguez Losada

Bio: Soraya Rodríguez Losada is an academic researcher from University of Vigo. The author has contributed to research in topics: Taxable income & Direct tax. The author has an hindex of 1, co-authored 5 publications receiving 5 citations.

Papers
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DOI
01 Jan 2010
TL;DR: In contrast, la evaluación se convierte, a partir de ahora, en un proceso continuo que facilitara al docente información permanente sobre la progresion del alumno.
Abstract: En los ultimos anos las Universidades han experimentado importantes cambios en el modelo existente, con motivo del marco definido por Bolonia. Este articulo pone de manifiesto la necesidad de un cambio en el proceso de evaluacion, debido a la entrada de un nuevo elemento: las competencias (preestablecidas) que el estudiante debe adquirir a lo largo del proceso de formacion. La evaluacion de las mismas supondra un cambio en la concepcion clasica basada en una evaluacion final y centrada en un mero examen del resultado obtenido. Por el contrario, la evaluacion se convierte, a partir de ahora, en un proceso continuo que facilitara al docente informacion permanente sobre la progresion del alumno.

2 citations

Journal ArticleDOI
22 Jun 2015
TL;DR: In 2009, Galicia enforced a landscape visual impact levy to relieve the landscape pollution caused by the installation of aerogenerators as discussed by the authors, which can be said to observe the Spanish Constitution regulations if the following premises are obeyed.
Abstract: In 2009, Galicia enforced a landscape visual impact levy –tax on wind farms- to relieve the landscape pollution caused by the installation of aerogenerators. It can be said that this tax observes the Spanish Constitution regulations if the following premises are obeyed. First, there cannot exist tax duplicity between the regional tax on wind farms and other local taxes (art. LOFCA). Second, constitutional principles like generality, equality or legal certainty shall be observed. On a third place, there must exist a logic connection between the taxable event, the object of the tax and its calculation, and all of them must be directed to avoid the visual impact caused by the installation of aerogenerators. Finally, the money collected must be used to finance prevention and repair of environmental damage produced in the affected local governments – those municipalities where the land farms are located - DOI: http://dx.doi.org/10.15304/dereito.24.1.2294

1 citations

01 Jan 2009
TL;DR: In this sense, the facilities given by simplification of the tax system for small and me dium-sized enterprises make it highly recomended as discussed by the authors, and therefore, they recommend it highly recommended.
Abstract: Estimated assessment methods are an alternative for direct estimation. Simplified tax rules aim to quantify the taxable event using different criteria than the ones that govern direct taxation; and, at the same time, make businessmen and professional’s accounting much easier. In this sense, the facilities given by simplification of the tax system for small and me dium-sized enterprises make it highly recomended.

Cited by
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Dissertation
05 Dec 2019
TL;DR: In particular, afloramiento de rentas transnacionales incrementa de forma sensible el riesgo de sufrir situaciones de doble imposicion internacional as mentioned in this paper.
Abstract: Si pensamos en el futbol profesional actual, a nadie puede sorprender que nos refiramos a el como una disciplina deportiva con un extraordinario grado de internacionalizacion. Lo anterior, sin embargo, no supone ninguna novedad, pues lo cierto es que practicamente desde sus origenes, el futbol moderno siempre mostro una clara vocacion de despliegue hacia el extranjero, siendo habituales desde principios del siglo XX los partidos entre equipos de diferentes paises, los torneos internacionales o el traspaso de jugadores a clubes de otras ligas. No obstante, en los ultimos anos asistimos a un fenomeno que parece ir un paso mas alla en ese, ya de por si avanzado, grado de internacionalizacion del futbol, pues de un tiempo a esta parte han sido las propias competiciones nacionales las que han pretendido expandir su ambito de aplicacion a otras jurisdicciones o, si ponemos el acento en el aspecto puramente economico, a otros mercados. El mejor ejemplo de ello lo encontramos en nuestro pais, pues esta ‘deslocalizacion’ de las competiciones nacionales ha supuesto que la ultima edicion de la Supercopa de Espana, organizada por la Real Federacion Espanola de Futbol, se celebre en Marruecos (la proxima tendra lugar previsiblemente en Arabia Saudi), y que la Liga de Futbol Profesional haya llegado a un acuerdo con una multinacional norteamericana con la intencion de disputar al menos un partido de liga por temporada en territorio estadounidense. Ante tal escenario, las cuestiones fiscales adquieren un papel de gran importancia, pues tanto los clubes como los futbolistas se ven obligados de manera regular a desplazarse a otros paises en el ejercicio de su actividad deportiva, de modo que quedan expuestos continuamente a la obtencion de rentas de fuente extranjera, con las consecuencias que este nuevo y frecuente contexto puede desencadenar desde el punto de vista tributario. El afloramiento de rentas transnacionales incrementa de forma sensible el riesgo de sufrir situaciones de doble imposicion internacional, de ahi que devenga fundamental para estos sujetos la figura de los convenios bilaterales para evitar la doble imposicion. Sin embargo, si analizamos las disposiciones de tales convenios, enseguida nos damos cuenta de que la regla de tributacion que se establece para las rentas que obtienen los deportistas (y los artistas) por sus actuaciones en el extranjero no ayuda, precisamente, a atajar de raiz el riesgo de sufrir doble imposicion, pues se trata de un articulo (el equivalente al articulo 17 en el Modelo de Convenio de la OCDE, que es el que en la practica siguen la amplia mayoria de convenios bilaterales) que permite el gravamen en el pais donde la actuacion tiene lugar (que, como pais de la fuente, se ve legitimado para someter a gravamen las rentas que se entienden obtenidas en su territorio, confluyendo asi con el gravamen por la renta mundial en el pais de residencia, donde habra que acudir a la aplicacion del metodo para paliar la doble imposicion establecido por el convenio). Conviene subrayar que la regla dirigida a los deportistas (junto a los artistas) presenta un marcado caracter excepcional si la comparamos con la prevista en los articulos del Modelo de Convenio dedicados a los rendimientos empresariales (articulo 7) o a los rendimientos del trabajo dependiente (articulo 15), especialidad que induce, por tanto, a un estudio profundo y pausado de los postulados en los que se sustenta. La parte central de nuestro trabajo esta dedicada al analisis del ambito de aplicacion, tanto subjetivo como objetivo, del articulo 17 del Modelo de Convenio de la OCDE. Por un lado, examinamos en que medida y bajo que circunstancias los futbolistas y los equipos de futbol han de considerarse comprendidos en el campo subjetivo del precepto. Por otro lado, tratamos de delimitar que factores concretos han de darse para que las rentas que obtienen estos sujetos puedan quedar abarcadas en el ambito objetivo del articulo. Para ello, nos apoyaremos principalmente en los Comentarios oficiales al Modelo de la OCDE, por el gran valor interpretativo que le conceden tanto los organos administrativos como los judiciales, y comprobaremos que, a pesar del gran esfuerzo que viene realizando el Comite de Asuntos Fiscales en su afan por hacer de tales Comentarios una guia interpretativa completa y actualizada, aun quedan varias cuestiones conflictivas que no terminan de encontrar una solucion coherente y pacifica en lo que respecta al articulo 17. Precisamente son estas cuestiones conflictivas las que han provocado que haya ido generandose en torno al articulo 17 del Modelo de Convenio de la OCDE una suerte de ‘desprestigio’ en el panorama internacional, lo que, a su vez, ha derivado en: cierta propension doctrinal perceptible hacia la defensa de la supresion de tan particular norma; cierta reclamacion creciente de los deportistas en aras de un tratamiento fiscal menos gravoso por sus actuaciones en el extranjero; y cierto grado de exigencia imperativa -en vias de consolidacion- por parte de los entes organizadores de las competiciones internacionales a los paises sede o anfitriones, exigencia de implantacion de regimenes fiscales preferentes para descartar la tributacion en la fuente de las rentas vinculadas a la competicion. Todos estos aspectos tambien encuentran su oportuno examen en la presente investigacion y nos llevan a reflexionar sobre la deriva que podria seguir el articulo 17 en los tiempos venideros, llegando a la conclusion de que el contexto fiscal que parece ir quedando esbozado en la era post-BEPS no invita a pensar en la eliminacion del precepto. Algunos de los ejes de actuacion en la fiscalidad internacional surgidos tras BEPS muestran una clara orientacion hacia el fortalecimiento de la tributacion en la fuente o en el mercado, principio este del que artistas y deportistas habrian venido a representar la avanzadilla. La ultima parte del estudio se centra, por consiguiente, en buscar soluciones viables y efectivas que permitan evitar o, al menos, aminorar la conflictividad que provoca la aplicacion en la practica del articulo 17 del Modelo de Convenio. En tal sentido, proponemos instaurar un regimen de ventanilla unica (similar al que se viene utilizando en la Union Europea desde hace unos anos en el IVA) que permita tanto a los futbolistas como a los clubes cumplir con las obligaciones fiscales en el resto de Estados en los se hayan producido sus actuaciones, pero desde el pais de residencia, utilizando para ello la propia declaracion que, como contribuyentes del impuesto sobre la renta, estan obligados a presentar de forma natural y ordinaria en su pais.

90 citations

Journal ArticleDOI
TL;DR: The skill of sustainability might be developed coordinately in more subjects of this degree in order to make students be competent in this field for their future profession.

4 citations

08 May 2014
TL;DR: This paper present a metodologia for evaluar el grado de adquisicion de las distintas competencias trabajadas in un asignatura.
Abstract: La puesta en marcha de los nuevos planes de estudio englobados en el Espa- cio Europeo de Educacion Superior (EEES) implica un cambio en el enfoque de la ensenanza universitaria Estos planes de estudio estan basados en una formacion en competencias, tanto genericas (o transversales) como especificas de la titulacion En el actual trabajo se presenta una metodologia para evaluar el grado de adquisicion de las distintas competencias trabajadas en una asignatura Se muestra la aplicacion a la asignatura Vibraciones Mecanicas, correspondiente al plan de estudios de Grado en Ingenieria Mecanica (GIM)

1 citations